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¿Cuándo y cómo podrá subir el casero el precio del alquiler este año?
18 Dic 23Tras la aprobación de la nueva Ley de Vivienda, dejamos de actualizar los precios de los alquileres mediante el IPC (Índice de Precios al Consumo) para empezar a utilizar otros índices. A lo largo del año 2023, tal y como se establecía en la nueva normativa, los alquileres se han actualizado según el Índice de Garantía de la Competitividad (IGC), el cual se limita al 2%.
Pero ¿qué pasará en 2024 y en adelante? ¿Qué actualizaciones de precio aplicarán los propietarios de viviendas alquiladas? Desde Fotocasa, hablamos sobre el límite máximo establecido por la Ley de Vivienda para las subidas de los precios de las rentas a lo largo de todo 2024 y te damos ejemplos prácticos para mostrar cómo funcionará a partir de ahora la actualización del precio del alquiler. ¡Atento!
Subir el precio del alquiler: cuándo y cómo se podrá hacer en 2024
De acuerdo con la nueva Ley de Vivienda, se mantiene la desvinculación de los alquileres al IPC en 2024. Es decir, aunque la mayoría de los arrendamientos de las viviendas de España se actualizaran con el IPC tradicionalmente, a partir de 2024 las rentas se actualizarán a un límite máximo del 3%.
Eso sí, como sucedía al subir el alquiler en función del IPC, el propietario deberá avisar al inquilino con un mes de antelación al día que deba pagar la nueva mensualidad.
A partir de 2024, el propietario no podrá subir en más de un 3% el precio de la renta
A partir de 2024, el propietario no podrá subir en más de un 3% el precio de la renta
Ejemplo práctico para actualizar la renta de un alquiler con el límite del 3%
Imagina que pagas un alquiler de 1.500 euros. ¿A cuánto podría subirte, como máximo, el precio mensual de la renta en 2024? Según lo establecido en la nueva Ley de Vivienda, desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de ese año, la renta solo podrá subirte un 3% como máximo (45 euros).
Y ¿cómo podrán aplicar la subida? ¿Debe haber acuerdo entre las partes? En el caso de que el casero sea un gran tenedor de vivienda, la subida de la renta podrá ser el resultado del acuerdo entre casero e inquilino, sin que la variación pueda superar el 3%. Si no existiera acuerdo, el incremento será como máximo del 3%.
En el caso de que el casero sea un pequeño propietario, la actualización del precio del alquiler será el que resulte del pacto entre las partes. En caso de no haber pacto, el incremento aplicable será, como máximo, del 3%.
Además, si el casero decide subirte la mensualidad del alquiler, deberá avisarte con, al menos, un mes de antelación.
¿Es acumulable la subida del alquiler en 2024?
¿Es acumulable la subida del alquiler en 2024?
Ahora bien, ¿qué ocurre con los alquileres que no se han actualizado en 2023? ¿Son acumulables las subidas del alquiler? De acuerdo con el artículo 1964 del Código Civil, el aumento sí podría ser acumulativo, por lo que el casero podría aplicarte de una vez la subida del 2% de 2023 más la subida del 3% de 2024.
Por ejemplo, en el caso de pagar 1.500 euros de alquiler, si el propietario no actualizó el precio en 2023 podría, aplicarte la subida del 2% (el tope en 2023) y del 3% (el límite máximo en 2024), por lo que pasarías a abonar una renta de 1575,9 euros.
Eso sí, aunque los propietarios podrán subir de golpe el precio del alquiler, nunca podrán reclamar los atrasos que no cobraron mientras no se aplicó ninguna actualización.
Nuevo índice de referencia aplicable en 2025 para la actualización de alquileres
Nuevo índice de referencia aplicable en 2025 para la actualización de alquileres
El límite de actualización de alquileres al 3% estará vigente a lo largo de todo el año 2024, no obstante, para 2025 la Ley de Vivienda tiene otros planes. Tal y como indica la ley 12/2023 por el derecho a la vivienda publicada en el BOE, «el Instituto Nacional de Estadística definirá, antes del 31 de diciembre de 2024, un índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda que se fijará como límite de referencia con el objeto de evitar incrementos desproporcionados en la renta de los contratos de arrendamiento».
Por lo tanto, por el momento se desconoce cuál será el valor definitivo del índice que fijará el INE, el cual será aplicable en las actualizaciones de los precios de los alquileres a partir de 2025.
Fuente: Fotocasa**
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