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Cómo está regulado el coliving de alquiler en España
13 Nov 23Seguramente hayas oído hablar sobre el «coworking» o «coliving». Y es que, tras el tremendo éxito que ha tenido el coworking, un concepto que se refiere a aquellos espacios compartidos en los que los profesionales desempeñan su actividad, llega el coliving, un nuevo fenómeno residencial que en España ya está calando con fuerza, sobre todo entre los jóvenes.
Se trata de una nueva tipología de alojamiento residencial, surgida en Silicon Valley ante la escasez de vivienda, en la que se comparten los espacios comunes pero se disponen de habitaciones privadas. Es similar al alquiler por habitaciones en una vivienda compartida, pero con la gran ventaja de disfrutar de una experiencia completa: mantenimiento, limpieza, servicios e instalaciones como gimnasios o salas de coworking…
Sin embargo, ¿cómo está regulada esta nueva modalidad de alquiler? Desde Fotocasa, detallamos cuáles son sus características y hablamos con Alquiler Seguro Grupo para brindarte toda la información sobre la regulación del coliving en España.
¿Cuáles son las características del coliving?
Las viviendas de alquiler coliving se basan en la idea de compartir espacio con más personas en un ambiente comunitario enfocado especialmente en fomentar la interacción social, el networking y crear un sentido de comunidad. Estas son las principales características de esta nueva tipología de alojamiento compartido:
Espacios comunes especialmente bien diseñados. Lo que más suelen valorar las personas que se decantan por esta solución habitacional es la posibilidad de contar con área comunes de calidad, con amplias cocinas compartidas, salas de estar, espacios para teletrabajar o zonas de entretenimiento, tanto interiores como al aire libre.
Habitaciones privadas con todas las comodidades. Cada miembro del coliving cuenta con su propia habitación con baño privado. Algunos coliving, además, ofrecen la opción de alquilar una habitación compartida con otros residentes.
Servicios incluidos en el alquiler. El alquiler de un coliving acostumbra a incluir servicios como la limpieza, el mantenimiento o la conexión a Internet.
Fomento de la interacción. Los espacios comunes y los servicios y comodidades están enfocados en fomentar la interacción entre los residentes para crear un sentido de comunidad.
Ubicaciones céntricas en las grandes ciudades. En España, las ciudades más punteras en coliving son Madrid y Barcelona, aunque también destacan Sevilla, Málaga y San Sebastián.
Para estancias cortas. A diferencia del cohousing, que está diseñado para largas estancias, el coliving está ideado para periodos cortos.
¿Cuáles son las normativas que regulan el coliving en España?
Ahora bien, ¿qué ley o normativa regula este tipología de alquiler en España? Por lo visto, según hemos podido conocer desde Fotocasa, el coliving no cuenta aún con una normativa legal específica.
De acuerdo con David Caraballo, Director General de Alquiler Seguro Grupo, «La conexión jurídica entre el propietario y el usuario no tiene actualmente una normativa legal concreta. Guarda una relación con el arrendamiento de temporada y de habitaciones, pero no encaja dentro de esta propia tipología, ya que el usuario además de disponer de una unidad residencial en la que vivir, puede disfrutar de espacios comunes con el resto de usuarios, que pueden ser de ocio o meramente profesionales. El uso del coliving tampoco está previsto en la normativa urbanística, debido a la reciente creación de esta modalidad de alojamiento, el cual está en auge en España«.
Entonces ¿qué tipo de acuerdos o contratos se firman en un alquiler coliving? Como ocurre en el caso del alquiler por habitaciones, en un contrato de coliving se suelen aplicar las normas recogidas en el Código Civil. «El tipo de contrato que se debe realizar se regirá por el régimen de libertad de pactos. Asimismo, cabe la posibilidad de celebrar un arrendamiento para uso distinto de vivienda de la Ley de Arrendamientos Urbanos o bien un contrato entre las partes, regulado por lo dispuesto en el Código Civil«.
Entonces ¿qué tipo de acuerdos o contratos se firman en un alquiler coliving? Como ocurre en el caso del alquiler por habitaciones, en un contrato de coliving se suelen aplicar las normas recogidas en el Código Civil. «El tipo de contrato que se debe realizar se regirá por el régimen de libertad de pactos. Asimismo, cabe la posibilidad de celebrar un arrendamiento para uso distinto de vivienda de la Ley de Arrendamientos Urbanos o bien un contrato entre las partes, regulado por lo dispuesto en el Código Civil«.
Cataluña, la única comunidad que ha empezado a regular el coliving
Tal y como destaca Alquiler Seguro Grupo, Cataluña es la única comunidad autónoma que ha empezado a regular la modalidad de alquiler en coliving «a través de los alojamientos de espacios comunes complementarios, definiendo este concepto como unos espacios de uso compartido de un edificio, con el disfrute de espacios privativos».
El Gobierno de la Generalitat de Cataluña ha aprobado un Decreto Ley para regular esta nueva tipología de alojamiento compartido para estancias cortas, en el que indica que, sumando la parte proporcional de las zonas comunes que corresponden, las viviendas deben tener 36 metros cuadrados como exige la normativa de habitabilidad.
Fuente: Fotocasa**
Fuente: Fotocasa**
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