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Qué pasa si hemos comprado un piso sobre plano y se retrasa la entrega

26 Feb 24
Una de las opciones que tenemos a la hora de comprar una casa es la de hacerlo sobre plano; es decir, antes de que se construya. Hacerlo implica numerosas ventajas para los futuros propietarios, aunque también supone una serie de riesgos y puede conllevar ciertos problemas, como retrasos en la entrega acordada.
¿Qué hay que hacer en estos casos? ¿Es posible reclamar algunas compensaciones a la promotora si compramos un piso sobre plano y se retrasa la entrega? ¿Qué dice la normativa? Lo analizamos detenidamente desde Fotocasa.

¿Qué implica comprar un piso sobre plano?


2 de cada 10 compradores de vivienda buscan exclusivamente obra nueva, dado que este tipo de construcciones ofrecen numerosas ventajas. Sin embargo, suelen ser más caras que las que ya están construidas: cuestan entre un 5% y un 10%, de media, según Sociedad de Tasación.
Así, si por ejemplo, si por un inmueble de segunda manos pagamos 200.000 euros, por uno de obra nueva pagaríamos entre 210.000 euros y 220.000 euros (entre 10.000 y 20.000 euros más). 

Por ello, muchos compradores que no quieren renunciar a vivir en un inmueble de obra nueva deciden comprar sobre plano, dado que suele ser más económico. 

¿Qué ventajas tiene comprar un piso sobre plano?

Son muchas las ventajas que implica comprar un piso sobre plano, entre las que encontramos:
Ahorro económico en el precio final

Comprar un piso sobre plano puede llegar a suponer un ahorro de entre el 10% y el 15% del precio final del inmueble. Además, al acordar un valor fijo en el momento de la firma del contrato, no estará sujeto a las subidas en el precio de la vivienda.


Posibilidad de ahorrar mientras se construye

Las personas que no dispongan de los ahorros suficientes para pagar la entrada inicial que el banco no suele incluir en la hipoteca (suele ser del 20%) más los gastos e impuestos para pagar la vivienda de obra nueva, tendrán tiempo para hacerlo mientras se construye la casa.


Facilidad de pago

Cuando se compra un piso sobre plano sólo se debe abonar el 10% de su valor al firmar el contrato, mientras que el otro 10% se deberá pagar en varias cuotas mientras dura el periodo de construcción.

Personalización de la vivienda

Al comprar sobre plano y, en consecuencia, al no estar construída, hay más posibilidades de personalizar la vivienda, siempre que la promotora acceda a ello.

Disfrutar de una casa moderna y eficiente

Las casas de nueva construcción suelen estar construidas con los mejores materiales y, en su mayoría, disponen de los últimos avances en domótica y eficiencia energética.


Garantías y coberturas legales

La normativa obliga a que las viviendas de obra nueva cuenten con todo tipo de garantías que entran en vigor en el preciso momento en el que se firma el contrato de la compraventa del piso sobre plano (no cuando se entrega la casa ya construida). Estas garantías suelen ser de 10 años.
Además existe una cobertura legal que protege a los compradores a la hora de reclamar daños y problemas a las promotoras y empresas constructoras, como atrasos en la entrega o defectos en la construcción.


Problemas que pueden aparecer al comprar un piso sobre plano


Si bien, como hemos visto, comprar una vivienda sobre plano tiene numerosas ventajas también puede conllevar ciertos riesgos e inconvenientes. Entre ellos, podemos encontrar, por ejemplo, que las empresas constructoras y promotoras que o bien no existen o no cumplen con lo establecido en el contrato y, en consecuencia, con lo que dicta la normativa.
Uno de los problemas más habituales con los que se encuentran los compradores de pisos sobre plano es, precisamente, el incumplimiento en los tiempos de entrega predeterminados por parte de las constructoras. Veamos qué pueden hacer al respecto. 

¿Qué hacer si se retrasa la entrega de un piso sobre plano?


En primer lugar, y para poder reclamar en caso de que se retrase la entrega de un inmueble construido sobre plano, resulta indispensable que en el contrato de compraventa de la vivienda se indique de forma clara el plazo de entrega acordado entre las partes.
También debe constar el precio final (con los impuestos que hay que pagar en el caso de comprar una vivienda de obra nueva) y la forma de pago.

El contrato también debe incluir una cláusula de penalización para el promotor o la empresa constructora, en el caso de que no cumpla con los plazos de entrega establecidos en el mismo documento. Estos plazos incluyen también la entrega final del inmueble.
Otra de las cláusulas que debe aparecer es aquella en la que consta que el promotor o empresa constructora ha contratado un seguro o aval para poder hacer frente a posibles indemnizaciones a los propietarios, entre las que debe aparecer el retraso en la entrega de la vivienda. 

Lo ampara la Ley de Ordenación de la Edificación (Ley 20/2015). Según ésta, los pagos que el comprador vaya haciendo (que como hemos visto en el punto anterior son del 10% del precio final mientras se va llevando a cabo la obra), se tienen que ingresar en una cuenta destinada sólo a ese fin, y deben estar avalados o asegurados por la empresa constructora o la promotora, en su defecto.
De esta manera, los propietarios se aseguran de que en caso de incumplimiento -ya sea por atraso en los plazos, en la entrega o por problemas en la construcción- la promotora tendrá que indemnizarles debidamente.   
Si la promotora incumple alguna de las condiciones establecidas en el contrato el propietario podrá reclamar y ser indemnizado por daños y perjuicios. En este caso podrá solicitar el reembolso de los gastos generados debido a ese retraso, como pueden ser el pago de la renta de un alquiler, el de un trastero para guardar los muebles, los suministros, etc.. Eso sí, para ello, el propietario deberá presentar todas las facturas correspondientes. 

Incluso, en el caso de incumplimiento de acuerdos de mayor envergadura, como es el caso de demora en la entrega del inmueble o cambios en el precio final, podrá rescindir el contrato.
Aunque la indemnización dependerá de varios factores y de lo que conste en el contrato, lo habitual es que la promotora pague una cantidad concreta por cada día que se atrasa en la entrega.


Fuente: Fotocasa** 

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